jueves, 12 de noviembre de 2009

cultura Nazca

Cultura Nazca
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NazcaCultura Nazca/Nasca
Civilización Indígena
100–600


Capital
Cahuachi
Religión
Politeísta
Gobierno
Teocracia
Período histórico
Pre invasión europea
• Establecido
100
• Disolución
600
Gentilicio:nazca.

Cerámica Nazca

Huaco Nazca

Canal de riego Nazca.
La cultura Nazca fue una civilización indígena que surgió en la época preincaica en tierras peruanas, en la provincia de Nazca de la Región Ica. A orillas del río Aja, se encontraba la capital, Cahuachi. Esta cultura surge en el siglo I de esta era y entra en decadencia en el siglo VI.
Su área de influencia por el norte fue hasta Pisco, por el sur hasta Arequipa y por el este hasta Ayacucho. Hasta el siglo VI d. C., aumentaron sus contactos con la zona andina, llegando inclusive hasta las zonas altas de Ayacucho. Este contacto tuvo especial importancia en la formación del Estado Wari.
Un aspecto impresionante de los Nazca es su cerámica policromada, con figuras de hombres, animales, plantas, etc. En muchas de estas cerámicas, se representan a hombres mutilados. El trabajo en metales era inferior a los hechos en Chavín de Huántar, pero tenían estilo propio. El arte textil floreció tanto como en la época de los Paracas.
Lo más impresionante de esta civilización son los trazos efectuados por los Nazca en las Pampas de Nazca y en otros sitios de la costa sur del Perú. Los trazos conocidos como Líneas de Nazca se ubican en una zona geográfica con pocas precipitaciones, lo que demuestra conocimientos de geografía y meteorología. Como dato sumamente interesante y que refuerza la teoría del conocimiento meteorológico de los Nazcas.
A unos treinta kilómetros de la ciudad de Nazca se halla el Cementerio de Chauchilla. Una necrópolis al aire libre en la que a pesar de los saqueos todavía se pueden ver momias en buen estado de conservación así como restos de cerámica.
La economía nazquense estaba basada en la agricultura y ésta fue intensiva y un ejemplo a la posteridad de cómo resolver el problema de tierras eriazas en la costa. El estudioso Antonio Raimondi sobre esto, dijo: “En el subsuelo de Nazca existe agua subterránea, pero, hallándose ésta a la profundidad de 4 o 5 metros, no puede servir para el riego de los terrenos. El río, comúnmente sólo tiene agua corriente durante 40 días en el año; de manera que, por más de 10 meses, Nazca carecería de agua si no fuera por los trabajos emprendidos por los antiguos indios”. Los principales cultivos de Nazca, fueron: maíz, frijol, calabaza, zapallo, yuca, maní, ají, guayaba, lúcuma, pacae y algodón.
Los antiguos nasquenses, construyeron acueductos para poder tener agua durante todo el año; obras que por otro lado debieron significar un gran esfuerzo físico, organizado y dirección técnica de ingenieros hidráulicos. Sus tomas se encuentran en las alturas de Nazca y toman por infiltración las aguas subterráneas para llevarlas a la ciudad. Los acueductos más importantes, son: Ocaña, Matara, Uchulla, Tejeje, Bisambra, Aja, Curve, Llícuas, Soisonguito, Copara y la Achirana.
Contenido[ocultar]
1 Origen y desarrollo
2 Continuidad
3 Economía
4 Comercio
5 Agricultura
6 Logros tecnológicos
7 Organización social
8 Organización política
9 Costumbres
10 Arte
10.1 Los geoglifos
10.2 Cerámica
10.3 Textilería
10.4 Orfebrería
10.5 Cabezas Trofeo
11 Creencias
12 Arquitectura
13 Personajes de Nazca
14 Véase también
15 Enlaces externos

cultura paracas

Cultura Paracas`
A finales del periodo formativo superior, alrededor de 500 años antes de Cristo, es en la península de Paracas que comienza a florecer una de las tantas culturas preincaicas del Perú. La península en cuestión se sitúa entre los ríos Ica y Pisco en el actual departamento de Ica. Desde aquel punto de partida, los Paracas lograron dominar aproximadamente desde el rió Cañete, al Norte hasta Yauca, al Sur, teniendo como centro a la ciudad de Ica. Los expertos discuten sobre una filiación con la cultura Chavin, una de las más antiguas del Perú, pero el origen de la cultura Paracas es todavía un misterio, aun para los arqueólogos. Se dice también que fue una cultura de “amortiguamiento” entre la Cultura Chavin y la cultura Tiahuanaco.
Contenido[ocultar]
1 Descubrimiento de la Cultura Paracas
1.1 Paracas de las Cavernas 700 a.C. - 200 a.C.
1.1.1 Caracteristicas de esta etapa
1.2 Necrópolis Paracas 200 a.C. - 100 d.C. (proto-nazca)
2 Enlaces externos

La cultura Chavin

La cultura Chavín fue una civilización heterogénea del Antiguo Perú constituida alrededor del centro astronómico-religioso de Chavín de Huántar. Esta cultura se extendió por gran parte de los Andes Centrales entre los años ca. 800 y 200 a. C.
El arqueólogo peruano Julio César Tello (1880-1947) la identificó como «cultura matriz del Perú», pero más tarde se descubrió la cultura de Caral, más antigua aun. Corresponde al primer momento de unificación de las culturas de los Andes peruanos. También se le llama la etapa formativa de la historia del Perú, por lo tanto se encuentra en el Primer Horizonte (u Horizonte Temprano) de las culturas preincas.
El pueblo chavín logró un extraordinario dominio de la piedra, material que emplearon para hacer construcciones, esculturas y relieves de característico estilo.[cita requerida]
Contenido[ocultar]
1 Decadencia y desaparición
2 Influencia cultural
3 Notas
4 Enlaces externos

Arquiologia

Arqueología
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Trabajos de arqueología en España.

El trabajo que conlleva es mucho (España).

Excavación del yacimiento de Gran Dolina en Atapuerca.

Stonehenge, en el Reino Unido.
La Arqueología (del griego ἀρχαίος 'viejo' o 'antiguo', y λόγος 'estudio') es una disciplina que estudia las sociedades a través de sus restos materiales, sean estos intencionales o no. Así, debemos dejar de lado la tradicional visión de que es «una ciencia auxiliar de la Historia, que complementa con documentos materiales aquellos períodos no suficientemente iluminados por las fuentes escritas». La Arqueología es una ciencia social autónoma, que estudia a los seres humanos a través de su cultura material y psicológica.
La mayoría de los primeros arqueólogos, que aplicaron la nueva disciplina a los estudios de los anticuarios, definieron la arqueología como el «estudio sistemático de restos materiales de la vida humana ya desaparecida». Otros arqueólogos enfatizaron aspectos psicológico-conductistas y definieron la arqueología como «la reconstrucción de la vida de los pueblos antiguos». En algunos países la arqueología ha estado considerada siempre como una disciplina perteneciente a la antropología; mientras que ésta se centra en el estudio de las culturas humanas, la arqueología se dedicaba al estudio de las manifestaciones materiales de éstas. De este modo, en tanto que las antiguas generaciones de arqueólogos estudiaban un antiguo instrumento de cerámica como un elemento cronológico que ayudaría a ponerle una fecha a la cultura que era objeto de estudio, o simplemente como un objeto con un cierto valor estético, los antropólogos verían el mismo objeto como un instrumento que les serviría para comprender el pensamiento, los valores y la cultura de quien lo fabricó.
La investigación arqueológica ha estado relacionada fundamentalmente a la Prehistoria y a la Antigüedad; sin embargo, durante las últimas décadas la metodología arqueológica se ha aplicado a etapas más recientes, como la Edad Media (Arqueología Medieval), la Edad Moderna o el periodo industrial. En la actualidad, los arqueólogos dedican ocasionalmente su atención a materiales actuales, investigan residuos urbanos, con lo que está naciendo la denominada arqueología industrial.
Véase también: Historia y teoría de la Arqueología
Más que por periodos temporales, la arqueología se suele dividir en marcos espaciales concretos, al ser el objetivo de la arqueología el estudio de un yacimiento a lo largo del tiempo. No obstante la labor de los arqueólogos se tiende a especializar también en un periodo, pero siempre prestando atención a los previos y posteriores.

viernes, 23 de octubre de 2009

el departamento de chiclayo

Chiclayo (fundada: Santa María de los Valles de Chiclayo, 1720) es una ciudad del noroeste del Perú, capital del Departamento de Lambayeque, ubicada en la costa norte del país, a 13 km del litoral y 509 km de la frontera con el Ecuador.
Fue elevada a la categoría de ciudad, el 15 de abril de 1835, por el entonces presidente, coronel
Felipe Santiago Salaverry. El mismo le confirió el título de «Ciudad Heroica», que ostenta hasta hoy, en reconocimiento al coraje de sus ciudadanos.
Contenido[
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1 Historia
1.1 Civilización Mochica
1.2 Civilización Lambayeque
1.3 Época colonial
1.4 Época republicana
2 Chiclayo en la actualidad
3 Etimología
4 Geografía
4.1 Recursos naturales
4.2 Clima
4.3 Viento
5 Transporte
5.1 Aéreo
5.2 Terrestre
6 Población
6.1 Otras poblaciones conurbanadas con la ciudad de Chiclayo
7 Educación y cultura
8 Atractivos turísticos
9 Gastronomía
10 Referencias
11 Bibliografía
12 Véase también
13 Enlaces externos

El departamento de cuzco

El Departamento del Cusco es una circunscripción de gobierno regional del Perú situada en la parte suroriental del país. Ocupa un territorio de más de 71,9 mil kilómetros cuadrados que comprende territorios mayormente montañosos, los más bajos cubiertos por la selva amazónica.
En esta región se encuentras las primeras
civilizaciones andinas con la influencia de Huari y Tiahuanaco. Es también cuna del Imperio Inca y sitio de la resistencia de los Incas de Vilcabamba tras la Conquista del Perú. Es en este departamento, en la hacienda Marcahuasi (Mollepata), donde en el siglo XVI se cultiva la primera vid del continente americano y se produce el primer pisco.
Sus principales recursos agrícolas son el
maíz, la cebada, la quinua, el y el café. En minería sobresale el oro y en energía el gas.
Contenido[
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1 Ubicación
2 Geografía
3 Historia
4 Economía
4.1 Gas de Camisea
5 Atractivos Turísticos
6 División Administrativa
7 Educación
8 Cultura
9 Referencias
10 Fuentes
11 Véase también
11.1 Enlaces externos

concepto de turismo

TERMINOLOGIA PARA LAS ESTADÍSTICAS DE TURISMO

El presente documento, fue elaborado sobre la base del documento "Recomendaciones sobre Estadística de Turismo" de la Organización Mundial del Turismo y complementado con información adicional.

Prefacio

En marzo de 1993 la Comisión de Estadística de las Naciones Unidas adoptó una serie de recomendaciones sobre Estadísticas del Turismo preparadas por la Organización Mundial del Turismo.
Las definiciones y clasificaciones recomendadas se basan en los criterios de:

a) Las definiciones y clasificaciones deben ser de aplicación práctica a nivel mundial, tanto en los países desarrollados como en desarrollo;
b) Deben caracterizarse por su sencillez y claridad;
c) Deben limitarse a fines estrictamente estadísticos;
d) Deben ser compatibles, en todo lo posible, con las clasificaciones y normas internacionales recomendadas en áreas afines tales como las estadísticas sociales y demográficas, las estadísticas de transporte, empresa, migraciones internacionales, la balanza de pagos, el sistema de contabilidad nacional, etc.;
e) Deben expresarse en términos sencillos que puedan medirse, habida cuenta de las dificultades prácticas inherentes a las encuestas a los visitantes.

A continuación se presenta la terminología que recomienda la OMT para la estadística de turismo:

CONCEPTOS BASICOS

Turismo
Comprende las "actividades que realizan las personas durante sus viajes y estancias en lugares distintos al de su entorno habitual, por un período de tiempo consecutivo inferior a un año, con fines de ocio, por negocios y otros motivos".

Entorno habitual
El objetivo de este concepto es el de evitar que se consideren como "visitantes" a las personas que hacen desplazamientos cotidianos o semanales entre su domicilio y el centro de trabajo o de estudio, u otros lugares frecuentados asiduamente.
Esta definición se basa en los criterios que exigen:

a) Una distancia mínima recorrida para considerar a una persona como visitante,
b) Una duración mínima de ausencia del lugar de residencia habitual
c) Un cambio de localidad o de unidad territorial administrativa mínima

Viajero
Se define como una persona que viaja entre dos o más lugares.
Todos los tipos de viajeros relacionados con el turismo se denominan visitantes

Visitante Internacional
Es el concepto básico para el conjunto del sistema de estadísticas de turismo.
A efectos estadísticos, la expresión "visitante internacional" designa a toda persona que viaja, por un período no superior a doce meses, a un país distinto de aquel en el que tiene su residencia habitual, pero fuera de su entorno habitual, y cuyo motivo principal de la visita no es el de ejercer una actividad que se remunere en el país visitado".
Los tres criterios fundamentales que parecen suficientes para distinguir a los visitantes de otros viajeros son los siguientes:

Turista (Visitantes que pernoctan)
"Es un visitante que permanece una noche por lo menos en un medio de alojamiento colectivo o privado en el país visitado".

Visitantes del día o excursionista
"Es un visitante que no pernocta en un medio de alojamiento colectivo o privado del país visitado". Esta definición incluye a los pasajeros en crucero, que son las personas que llegan a un país a bordo de un buque de crucero y que vuelven cada noche a bordo de su buque para pernoctar, aunque éste permanezca en el puerto durante varios días. Están comprendidos en este grupo, por extensión, los propietarios y pasajeros de yates y los pasajeros que participan en un programa de grupo y están alojados en tren.

FORMAS DE TURISMO

Con relación a un país dado, se pueden distinguir los siguientes tipos de turismo:

Turismo interno
El de los residentes del país dado que viajan únicamente dentro de este mismo país;
Turismo receptor
El que realizan los no residentes que viajan dentro del país dado;
Turismo emisor
El de los residentes del país dado que viajan a otro país.
Estas 3 formas básicas de turismo pueden combinarse de diversas maneras produciendo entonces las siguientes categorías de turismo:

Turismo interior
Incluye el turismo interno y el turismo receptor.
Turismo nacional
Incluye el turismo interno y el turismo emisor;
Turismo Internacional
Se compone del turismo receptor y turismo emisor.
Nota: Pueden describirse las mismas formas de turismo sustituyendo la palabra "país" por "región" en cuyo caso dichas formas de turismo no se referirán ya a un país, sino a una región. La denominación "región" puede designar tanto a una zona dentro de un país como a un conjunto de países.

Visitantes internos
A efectos estadísticos, la expresión "visitante interno" designa a "toda persona que reside en un país y que viaja, por una duración no superior a 12 meses, a un lugar dentro del país pero distinto al de su entorno habitual, y cuyo motivo principal de la visita no es el de ejercer una actividad que se remunere en el lugar visitado". Los visitantes internos incluyen:

Turistas (visitantes que pernoctan una noche por lo menos)
Visitantes del día o excursionistas (visitantes que no pernoctan en el lugar visitado)
CLASIFICACION DE LA DEMANDA TURÍSTICA

Motivo principal de la visita para turismo receptor, emisor e interno

Ocio, recreo y vacaciones.
Visitas a familiares y amigos
Negocios y motivos profesionales
Tratamiento de salud
Religión / peregrinaciones
Otros motivos
Origen y destino del viaje
En el turismo receptor, es preferible la clasificación de los visitantes por país de residencia a la clasificación por nacionalidad.

Clasificación por zonas de residencia y de destino en el interior del país
La Organización Mundial de Turismo - OMT, recomienda desarrollar, con fines de estadística de turismo, un sistema de clasificación por ciudades o centros turísticos importantes dentro del país, ya que los datos de turismo son de particular interés en pequeñas áreas.

EL GASTO TURISTICO

Gastos de los visitantes
Incluye los gastos en bienes y servicios consumidos por los visitantes o por cuenta de un visitante por y durante sus viajes y estancia en el lugar de destino.

Pagos por turismo internacional
En turismo internacional, el gasto del visitante es un ingreso para el país receptor y un gasto para el país emisor.

Ingreso en divisas por turismo receptor
Los ingresos por turismo internacional se definen como "los gastos efectuados en el país de acogida por los visitantes internacionales, incluido el pago de sus transportes internacionales a las compañías nacionales de transporte. Deberían incluir igualmente todo pago hecho por adelantado por bienes/servicios recibidos en el país de destino. En principio, este apartado debería incluir los ingresos procedentes de los gastos efectuados por los visitantes del día (excursionistas) excepto cuando estos gastos sean tan importantes que que justifiquen una clasificación por separado. Se recomienda, que los ingresos por pagos de pasajes por transporte internacional se clasifiquen por separado".
Los ingresos por pagos de pasajes de transporte internacionales se definen como "todo pago a las compañías de transporte registradas en el país, efectuado por los visitantes no residentes, tanto si viajan como si no al país que contabilice el ingreso".

Gasto en divisas por turismo emisor
Los gastos por turismo internacional se definen como "los gastos efectuados en el extranjero por los visitantes con destino a otros países, incluido el pago de sus transportes internacionales a las compañías de transporte extranjeras. En principio, esta partida debería incluir igualmente los gastos de los residentes que viajan al extranjero como visitantes del día (excursionistas), excepto cuando estos gastos sean tan importantes que justifiquen una clasificación por separado. Se recomienda, igualmente, que los gastos por pagos de pasajes internacionales se clasifiquen por separado".
Los gastos por pagos de pasajes de transportes internacionales se definen como "todo pago a las compañías de transporte registradas en el extranjero por parte de toda persona residente en el país que contabiliza los gastos".

TERMINOLOGÍA PARA ESTADÍSTICA HOTELERA

Capacidad de alojamiento de un establecimiento
Se mide principalmente por el número de habitaciones y camas que alquila.

Plazas-cama ofertadas
El número de camas (plazas-cama) ofertadas es el número de camas dispuestas en las habitaciones ofertadas, contabilizándose una cama doble como dos plazas-cama. No se incluyen las camas suplementarias que puedan instalarse a petición del cliente.
En el caso de establecimientos que no estén integrados por habitaciones, para medir la capacidad se utilizan otras unidades equivalentes como apartamento, bungalow, espacio para una tienda o carpa en camping, etc.

Numero total de pernoctaciones
Se refiere al número total de noches que un viajero permanece en un alojamiento privado o esta registrado en un centro de alojamiento colectivo, con independencia de si permanece físicamente en la habitación o no.

Tasas de ocupación
Se miden dos tipos de tasa de ocupación: de habitaciones y de plazas-cama.
Se distingue entre tasas netas y tasas brutas de ocupación.
Las tasas que calcula el MINCETUR, son las tasas netas de ocupación, cuyas formulas se detallan a continuación.

Turismo
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La Torre Eiffel, en París, Francia, la ciudad y el país más visitados en el mundo por turistas extranjeros.

La Alhambra, en Granada. España ocupa el segundo lugar en recepción de turistas internacionales y segundo en generación de ingresos en el mundo.

La Estatua de la Libertad, en Nueva York. Estados Unidos es el tercer mayor receptor de turismo internacional en el mundo y el primer lugar en generación de ingresos.
Para el tipo de automóvil, véase
Automóvil de turismo.
Según la
Organización Mundial del Turismo de las Naciones Unidas, el turismo comprende las actividades que realizan las personas (turistas) durante sus viajes y estancias en lugares distintos al de su entorno habitual, por un periodo de tiempo consecutivo inferior a un año, con fines de ocio, por negocios y otros motivos.
Contenido[
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1 Evolución histórica
1.1 Edad Antigua
1.2 Edad Media
1.3 Edad Moderna
1.4 Edad Contemporánea
2 Estadísticas sobre el turismo internacional
2.1 Los países más visitados
2.2 Los países que recibieron los mayores ingresos y realizaron los mayores gastos
2.3 Indicadores sobre el turismo en América Latina
2.4 Las ciudades más visitadas del mundo
2.5 Los lugares y atracciones turísticas más visitadas del mundo
3 El sector turístico
3.1 Productos turísticos
3.1.1 Tipología de productos turísticos
3.1.2 Turismo de masas
3.1.3 Turismo individual
3.1.4 Turismo cultural
3.1.5 Turismo natural
3.1.6 Turismo activo
3.2 Turismo de negocios
3.2.1 Turismo espacial
3.2.2 Turismo científico
3.3 Servicios turísticos
3.3.1 Información turística
3.3.2 Servicios de acogida
3.4 Empresas turísticas
3.4.1 Hotelerías
3.4.2 Restauración
3.4.3 Compañías de transportes
3.4.4 Otras empresas relacionadas
3.5 Organizaciones internacionales relacionadas con el turismo
4 Efectos del turismo
4.1 Efectos económicos
4.1.1 Dependencia de la situación económica general
4.1.2 Empleo
4.1.3 Producción
4.1.4 Presión inflacionista
4.1.5 Distribución de la renta
4.1.6 Tasa de cambio
4.1.7 Fiscales
4.1.8 Sobre la balanza de pagos
4.1.9 Inversiones públicas
4.2 Efectos culturales
4.2.1 Alteración de las estructuras sociales
4.2.2 Aculturación
4.2.3 Mejor conocimiento de otras sociedades y mentalidades
4.2.4 Estrecha los lazos de entendimiento entre estados
4.2.5 Favorece el aprendizaje de idiomas extranjeros
4.2.6 Efectos en las industrias artesanales
4.3 Efectos sociopolíticos
5 Véase también
6 Referencias

lunes, 19 de octubre de 2009

teoria de turismo

El turismo son todos aquellos viajes que realizamos por el placer mismo de viajar. Se entiende como aquella actividad, que implica viajar, hospedarse o pernoctar, por un tiempo determinado, en un lugar geográfico no habitual al que uno habita.

Por ende, realizar turismo, es viajar fuera de la ciudad o del lugar en que vivimos, en busca de descanso, entretención o nuevas experiencias.

El mismo se realiza, tanto dentro del país de uno, como en el extranjero. Muchas naciones prácticamente viven del turismo. Esto se debe, a diversas razones; y no sólo económicas, sino además por las características de los lugares, la atención, la situación hotelera y la hermosura del lugar. Es así, como países como Brasil, México, República Dominicana, Tahití, varios países de Europa y Asia, entre varios otros, tienen al turismo como una de sus principales fuentes de ingreso.

Con respecto al turismo en sí, existen diversas formas de realizarlo. Las cuales pueden ser consideradas, como formas alternativas de realizar turismo. Ya que la convencional, es la de viajar por avión u auto a otra ciudad o país, en el cual se pretenderá conocer y descansar principalmente. Pero con el turismo alternativo, la situación es completamente diferente.

Por ejemplo, está el turismo aventura, activo o de acción. El cual se realiza en lugares o zonas naturales, donde se pueden practicar diversas actividades al aire libre. Como por ejemplo, deportes acuáticos e incluso subacuáticos. De la misma manera, deportes extremos, como el mountain bike o kitesurfing. Asimismo, rafting si es que en lugar, existe algún río que lo permita. También se pueden realizar caminatas, por bosques o senderos, al igual que cabalgatas largas en caballos.

Por otra parte, tenemos al turismo arqueológico. El cual busca el educar y culturizar a las personas, sobre lugares históricos y que son considerados patrimonios de la humanidad, por la UNESCO. Este tipo de turismo, siempre requerirá de un guía experto en la materia, para que sea más provechosa. Ya que por mucho que se lleven libros y otras herramientas de conocimiento, nunca será lo mismo, que contar con la asesoría de un experto. Lo curioso, es que uno puede llegar a pensar que este tipo de turismo, es bastante moderno. Información que es errónea, ya que los egipcios, griegos y romanos, ya lo practicaban en su época.

Asimismo, tenemos al ecoturismo, el cual es uno de los más explotados en la actualidad. Todas las empresas turísticas, se están dando cuenta, que una creciente parte de la población mundial, le interesa el tema ecologista, como la preservación de la flora y fauna del mundo. Por lo mismo, este tipo de turismo, conscientiza a los turistas, en lo relevante que es la naturaleza y el ecosistema. Al igual que el respeto a las localidades que viven en los parajes visitados.

Por último, tenemos al turismo autóctono, el cual se lleva a cabo en las localidades rurales, de los países. Donde se explota el campo, el contacto con los animales y la vida rural. De esta manera, la persona o turista, puede vivir en carne propia, lo que experimentan los lugareños. Aparte de degustar la comida típica de aquellos parajes. Lo que se explota e este tipo de turismo, es la tranquilidad con que vive la gente del campo o campiña.

lunes, 5 de octubre de 2009

El departamento de Ica

Turismo Arqueológico
Huaca Guadalupe
Está situada en el distrito de Salas a 1 km del pueblo de Guadalupe y de la Carretera Panamericana Sur y a pocos minutos en auto. En las excavaciones se
han descubierto una serie de estructuras que conforman recintos, rampas y pisos de varias ocupaciones que datan de las culturas Ica e Inca (siglos XIII y XV de nuestra era). Asimismo, se han encontrado fragmentos murales sobre adobes con diseños de aves estilizadas en amarillo, rojo, blanco y negro.}
Takaraca
Ubicado en el km 306 de la Carretera Panamericana Sur y a 15 min en auto desde la ciudad de Ica. La ciudadela más antigua del valle iqueño, fue edificada durante la hegemonía del Inca Pachacútec. Trátase de una ciudad formada por huacas en forma de pirámides.
Las Líneas de Nazca
Ubicadas en las Pampas de San José a 25 km de Nazca y a 20 min aprox. en auto (Altura del km 420 de la Carretera Panamericana Sur). Los antiguos pobladores de la cultura Nazca nos han legado un valioso monumento arqueológico constituido por una enorme red de líneas y dibujos de animales y plantas ubicadas entre los Km. 419 y Km. 465 de la Panamericana Sur, cubriendo un área de 350 km2 aprox. Fueron descubiertas en 1 927 por Toribio Mejía Xesspe, estudiadas por Paul Kosok, Hans Horkheirmer y la doctora alemana María Reiche, quien residió en la zona por más de 50 años estudiando e investigando su origen. El sobrevuelo de las Líneas de Nazca es una experiencia inolvidable. Existe también un mirador de 12 m de altura desde el cual se puede apreciar las figuras de La Mano y El Árbol.



El Candelabro

A 25 Km. al sur oeste de la ciudad de Pisco y a 13 min. aprox. en auto; sin embargo, se aprecia mejor desde el mar, para ello es necesario ir en deslizadores partiendo, principalmente, desde el Puerto El Chaco (Paracas). El Candelabro es conocido también como Tres Cruces o Tridente. Es un geoglifo de más de 120 m de extensión que se ubica al noroeste de la bahía de Paracas, entre las playas Martín y Talpo.
Paredones
A 2 Km. de Nazca en el Km. 1 de la Carretera Nazca-Puquio y a 4 min. aprox. en auto. Definido como centro administrativo inca está compuesto de numerosas habitaciones, terrazas, patios, con bases de piedra y paredes de adobe, utilizando los cimientos antiguos de la Cultura Nazca.
El Telar de Cantalloc
Es un geoglifo de grandes dimensiones ubicado a 3 Km. de Nazca y a 8 min. en auto. Conocido como el Complejo Textil por su representación de instrumentos como la aguja y varios espirales que podrían ser ovillos de hilo.



Restos Arqueológicos de Tambo Colorado

Es un conjunto urbano administrativo inca ubicado en el valle de Pisco, aprox. en el Km. 45 de la Carretera Los Libertadores y a 30 min. en auto. Es el monumento mejor conservado en la costa perteneciente a la época incaica, construido durante el gobierno del Inca Pachacútec. También sirvió de albergue para soldados y alojamiento para mandatarios. Tambo Colorado proviene de la palabra Tampu que quiere decir lugar de descanso y Colorado por el color de sus paredes.


Líneas y Figuras en Palpa

En el Km. 395 de la Carretera Panamericana Sur y a 1 h 15 min. aprox. en auto. Estos se encuentran en diversas zonas de Palpa como en Sacramento, Pinchango y Llipata. Constituyen enormes dibujos geométricos, zoomorfos y fitomorfos. Petroglifos de Chichictara Situados a 15 Km. al este de la ciudad de Palpa en el caserío de Chichictara y a 15 min aprox. en auto
Museos y Otros Atractivos Turísticos
Pueblo de Cachiche
A 4 Km. al sur de Ica y a 8 min. aprox. en auto. Conocido por sus brujas que desde siglos pasados curaban toda clase de males y daños. Su renombre en este sentido es tal que existe a la entrada del pueblo una estatua alusiva a la bruja, ubicada sobre un tronco de huarango.



Casa Hacienda San José

Hacienda San José s/n.

Ubicada a 15 Km. al sur este de la ciudad de Chincha, en el distrito de El Carmen. Antigua hacienda campestre, un parador que guarda entre sus gruesos muros historia de dominicos y jesuitas, de nobles españoles, de posibles filibusteros y de negros esclavos. Fue construida a finales del siglo XVII. Su capilla tiene un altar en típico estilo barroco. Destacan sus hermosos portales y amplio patio en el que se pueden encontrar yugos, arados y ruedas de carreta. Uno de los principales atractivos es una galería subterránea por donde conducían a los esclavos con los ojos vendados para que no pudieran escapar.



Iglesia de la Compañía

A 1 cdra. de la Plaza de Armas de Pisco.

Visitas: horario de misa.

De estilo barroco, su construcción data del año 1 723. Sus altares están cubiertos de pan de oro y sus bellos lienzos pertenecen a la Escuela Cusqueña.



Museo de Sitio Julio C. Tello

Carretera a Pisco – Puerto San Martin Km. 27, Pisco.

Visitas: L-D 9:00-15:00.

A 15 min. en auto. Al costado está el Centro de Interpretación de la Reserva Nacional de Paracas. La exposición sobre la cultura Paracas incluye representaciones de la vida cotidiana de los paraqueños y colecciones de cerámicas y tejidos.



Ciudad Perdida de Huayurí

Situada en la jurisdicción de la ex Hacienda Huayurí en el distrito de Santa Cruz, tomando el desvío al pueblo de San Francisco a la altura del km 384 de la Carretera Panamericana Sur y a 18 min. aprox. en auto.



Bodega Vista Alegre

3 km al nor oeste de la ciudad de Ica, en el distrito de La Tinguiña.

Visitas: L-V 9:00-14:00.

Elaboración de vinos y piscos con maquinaria moderna. Conserva vestigios de la

época virreinal.



Bodega Tacama

10 km al nor este de Ica en el distrito de La Tinguiña

Visitas: L-D 9:00-15:00.

Elabora vinos y piscos de prestigio internacional con sofisticada maquinaria.

Conserva la antigua casona y caballerizas que fueran propiedad de los jesuitas.



Bodega Ocucaje

Av. Principal s/n, 34 km al sur oeste de la ciudad de Ica.

Visitas: L-V 9:00-12:00 y 14:00-17:00, S 9:00-12:00.



Turismo Ecológico



Laguna de Huacachina

A 5 km al sur oeste, 6 min aprox. en auto de la ciudad de Ica. Atractivo turístico natural cuyas aguas tienen propiedades curativas. Posee una gran belleza paisajística y está rodeada de altos médanos, palmeras y añosos huarangos.



Bosque de Piedra Los Frailes

A 5 km al este de Ica en el distrito de Parcona y a 8 min aprox. en auto. Son rocas riolíticas con extrañas formas causadas por los continuos vientos. Destacan la

figura de una tortuga, la cabeza de un mono, un chullo, un sapo, un roedor y un pez.



La Reserva Nacional de Paracas

A 250 km al sur de Lima y a 3 h aprox. en auto, se extiende sobre 335 mil Ha. Su fin es proteger y cuidar las especies animales en vías de extinción. Es la única

área protegida del Perú que contiene en su ámbito un ecosistema marino. Desde el puerto de Paracas se puede emprender excursiones en bote a las Islas Ballestas donde se ven de cerca lobos marinos, pingüinos de Humboldt, flamencos o parihuanas y aves marinas.

Turismo de Aventura

Ala delta - Parapente: Paracas

Ciclismo de Montaña: Ruta Vista Alegre

Trekking: Palpa, Paracas y San José de Los Molinos

Sandboard: Huacachina
Turismo Gastronómico
Comidas Típicas
Los pallares (tipo de frijol largo).
Morusa (puré de pallares con asado).
Picante de pallares (guiso picante de pallares con leche, huevo y queso fresco).
La carapulcra (papa seca sancochada y guisada con carnes de chancho y gallina, ají panca y mirasol, ajos y otras especias).
Las tejas (postre tradicional hecho de limón seco y pasas relleno con manjar blanco y nueces con una cobertura de caramelo y azúcar).
Cachina (licor a base de mosto de uva fermentada).

Pisco (bebida oriunda del Perú que se realiza luego de un destilado alcohólico de uva).

Chapanas (dulces de harina de yuca y chancaca).



Calendario Turístico



Festival de la Vendimia (Marzo)

Esta festividad celebra la abundancia de la uva y del vino de la región de Ica. La Vendimia comprende ferias, concursos, desfiles de carros alegóricos, festivales de

música y fiestas donde se baila el festejo afroperuano. Uno de los mayores atractivos es la elección y coronación de la Reina de la Vendimia,

quien acompañada de su corte ejecuta la pisa de uva para extraer el zumo de la fruta que se convertirá en licor.



Fiesta del Señor de Luren (Octubre)

El origen de la devoción del Señor crucificado de Luren, patrono de la ciudad de Ica, se remonta al año 1 570 cuando esta imagen se extravió misteriosamente en el desierto, durante el trayecto de Lima a Ica y luego fue hallada en un paraje desolado denominado Luren.

El día central de la fiesta, la imagen recorre en procesión la ciudad desde el anochecer hasta que despunta el sol al día siguiente.

regalmento del guia de montaña

DECRETO SUPREMO Nº 004-81-ICTI/TUR-SE



REGLAMENTO DE GUIAS DE MONTAÑA

Publicado el: 23.ABR.81

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo Nº014-80-ICTI/TUR-SE, se aprobó el Reglamento de Guías Oficiales de Turismo, en el cual dentro de los servicios especializados, se considera el montañismo, tracking y otros similares;

Que, el país cuenta con zonas que poseen características especiales para el desarrollo de dichas actividades, cuya práctica se ha intensificado últimamente, requiriéndose una normatividad especial en resguardo de su desenvolvimiento en condiciones de seguridad y técnica en escalamiento adecuada;

DECRETA:

Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Guías de Montaña, el mismo que consta de VII Capítulos y 38 Artículos.

Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Industria, Turismo e Integración.

Dado en la Casa de gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de abril de mil novecientos ochentiuno.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Presidente de la República

ROBERTO ROTONDO MENDOZA

Ministro de Industria, Turismo e Integración



REGLAMENTO DE GUIAS DE MONTAÑA

CAPITULO I

MODALIDADES DEL SERVICIO

Artículo 1º.- Se considera Guía de Montaña, a aquella persona con calificación y formación académica, que tenga capacidad técnica en escalamiento en roca y hielo para conducir con seguridad y bajo sus responsabilidad a turistas en alta montaña.

Artículo 2º.- Se considera Guía de Caminata, a aquella persona técnicamente calificada para conducir con responsabilidad a excursionistas en caminatas entre los pasos y caminos de los valles interandinos, que no posee competencia técnica para realizar ascensiones.

Artículo 3º.- Se considera Aspirante a Guía, a aquella personas que actúa como asistente de Guía que ha adquirido conocimientos básicos en la técnica de alta montaña y reúne las condiciones necesarias para la prestación de este servicio.

Artículo 4º.- Se considera Porteador, a aquella persona que con buenas condiciones físicas puede realizar trabajos de cargador de equipos de montaña o provisiones hasta los campos de base. No tienen formación técnica.

CAPITULO II

DE LA COMISION TECNICA

Artículo 5º.- Créase la Comisión Técnica para el control y vigilancia de la actividad de Guía de Montaña, Guía de Caminatas, Aspirante a Guía y Porteador de Alta Montaña, que estará conformada por :

- Un representante de la Secretaría de Estado de Turismo, quien la presidirá.

- Un representante del Instituto Nacional de recreación Física y Deportes- INRED.

- Dos representantes del Centro de Formación en Turismo CENFOTUR.

- Dos representantes de la organización representativa de los Guías de Montaña.

Artículo 6º.- la Comisión Técnica tendrá las siguientes atribuciones:

- Emitir opinión sobre las solicitudes para inscripción en el Registro creado en el Artículo 15º del presente Reglamento.

- Intervenir en la evaluación anual de los guías, Aspirantes y porteadores de Alta Montaña, para la renovación anual de inscripciones, de conformidad con el Artículo 18º.

- Actuar en coordinación con el CENFOTUR, en la organización y preparación de cursos para la formación de Guías de Montaña, de Caminatas y Porteadores y en la calificación de los mismos.

- Emitir opinión en otros asuntos que la Secretaría de Estado de Turismo someta a su consideración.

- Ejercer las otras atribuciones que le señala el presente Reglamento.

Artículo 7º.- La Comisión dictará su propio Reglamento Interno que será aprobado por Resolución de la Secretaría de Estado de Turismo.



CAPITULO III

DE LA FORMACION Y CAPACITACION

Artículo 8º.- La Secretaría de Estado de Turismo, a propuesta de la Comisión Técnica que se crea mediante el Artículo 5º, supervisará la capacitación y formación de Guías, Aspirantes a Guías y Porteadores, las que estarán a cargo del Centro de Formación en Turismo -CENFOTUR o de entidades especializadas, de acuerdo a los niveles y modalidades que corresponda.

Los Guías de Montaña, Guías de Caminatas, Aspirantes a Guía y Porteadores de Alta Montaña, llevarán una Libreta en la que constará el seguimiento del ejercicio de su actividad.

Artículo 9º.- El CENFOTUR, elaborará y auspiciara los programas de formación y capacitación de acuerdo a la política sectorial establecida, fijando las condiciones y requisitos de admisión, de acuerdo a la propuesta de la Comisión Técnica.

Artículo 10º.- Los instructores de los programas serán Guías diplomados, principalmente los que viven en la región.

Artículo 11º.- Los exámenes se realizarán bajo la supresión de la Comisión Técnica que podrá contar eventualmente con expertos seleccionados por la misma.

Artículo 12º.- El CENFOTUR emitirá pronunciamiento en las solicitudes que se presenten al Ministerio de Educación u otros organismos competentes para la apertura de centros de estudios que formen Guías de Montaña, Aspirantes a Guías de Montaña, Guías de Caminatas y porteadores de Alta Montaña.

Artículo 13º.- La Secretaría de Estado de Turismo, bajo propuesta de la Comisión Técnica, podrá determinar que los Guías sigan cursos especializados, como aquellos de salvataje y rescate, que serán dictados a través de las escuelas especializadas, debiendo éstos cumplir con dicho requisito, para continuar con el ejercicio de su actividad y obtener la renovación de los certificados de inscripción.

CAPITULO IV

DEL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD

Artículo 14º.- La Secretaría de Estado de Turismo es competente para supervisar y controlar el ejercicio de la actividad de Guía de Montaña, Aspirante a Guía de Montaña, Guía de Caminatas y Porteadores de Alta Montaña.

Artículo 15º.- Créase el Registro Especial de Guías de Montaña, Guías de Caminata, Aspirantes a Guía y Porteadores de Alta Montaña que será llevado por la Dirección General de Turismo de la Secretaría de Estado de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo e Integración u órgano regional competente.

Artículo 16º.- Para ejercer la actividad de Guía de Montaña, Guía de Caminata, Aspirante a Guía de Montaña y Porteador, es requisito indispensable encontrarse inscrito en el Registro Especial creado en el artículo anterior del presente Reglamento.

Artículo 17º.- Para obtener la Inscripción en el Registro especial y Certificado correspondiente, el interesado deberá presentar una solicitud dirigida al organismo de Turismo correspondiente, acompañando lo siguiente :

a. Título, Diploma o Certificación de Guía, según corresponda, o libreta de Aspirante a Guía o Porteador.

b. Certificado de Conducta de la PIP.

c. Certificado de Salud, expedido por el Area de Salud correspondiente.

d. Cuatro fotografías tamaño carnet.

e. La póliza de seguros a que se refiere el Artículo 29º.

Artículo 18º.- El Certificado de Inscripción deberá ser renovado cada año. La solicitud deberá ser presentada durante el último mes del período de vigencia de la inscripción.

Para los Guías de Montaña y Guías de Caminatas, esta renovación estará sujeta a los controles que deberá efectuar la Comisión Técnica en las libretas, el equipamiento y en las cuerdas de los interesados, siendo la fecha que se señala en el primer parágrafo, el último plazo para el control anual, debiendo someterse a un control médico si la Comisión Técnica lo estima conveniente.

Artículo 19º.- La Comisión Técnica presentará un informe sobre los resultados del control antes referido. En el caso de que se detecte el empleo de material defectuoso en las cuerdas, el guía será sancionado conforme a las normas establecidas en el Artículo 34º del presente Reglamento.

Artículo 20º.- El Guía de Montaña, Guía de Caminatas, aspirantes a Guía o Porteador, será inhabilitado para el ejercicio de su actividad, si durante más de 5 años consecutivos no la practica.

El interesado podrá ejercer nuevamente la actividad de Guía, previa evaluación correspondiente.

Artículo 21º.- La Secretaría de Estado de Turismo, anualmente y antes del 15 de mayo de cada año, establecerá y publicará la nómina de los guías aptos para el ejercicio de la actividad. Sólo figurarán en esta nómina los Guías que hayan renovado su Certificado de Inscripción.

CAPITULO V

OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS GUIAS

Artículo 22º.- Los Guías deberán cumplir a cabalidad sus deberes profesionales, poner en aviso y prevenir a los turistas de los riesgos y peligros. Los Guías son responsables de los efectos personales que se les confíe.

Artículo 23º.- El Guía es responsable de la ejecución exacta de las ascensiones; debe asegurar personalmente la conducción de los turistas.

El Guía no tiene derecho a confiar la conducción a otro Guía, salvo casos de fuerza mayor y consentimiento del turista. El guía es el único que juzgará el momento necesario donde sea útil el empleo de la cuerda y determinará el número de miembros de su cordada.

Artículo 24º.- Los Guías pueden dejar sin efecto su contrato en los siguientes casos, poniendo el hecho en conocimiento de la autoridad policial y el organismo de Turismo respectivo:

a. Cuando el turista se conduzca de manera imprudente.

b. Si el turista presenta exigencias exageradas, o no reúne las aptitudes convenientes.

c. Cuando el turista no sigue las instrucciones justificadas, dictadas por el Guía.

Artículo 25º.- En caso de accidentes, todos los Guías presentes en la localidad y aquellos de las localidades vecinas que sean requeridos están obligados a prestar su concurso para la formación de caravanas o grupos de búsqueda y rescate. Dichas caravanas serán organizadas por los puestos de rescate de la organización representativa de los Guías de Montaña o por la Autoridad de la comunidad o por un Guía Diplomado, que se encuentre en el lugar.

Artículo 26º.- Todos los Guías o Aspirantes a Guía forman parte del servicio de rescate de la región, así como también los Guías de Caminatas y Porteadores. Aquellos que están en el campo fuera de su región dependen del puesto de rescate del lugar donde se encuentra. en caso de accidentes de montaña, todos los Guías de Caminatas y Porteadores deberán ponerse a disposición de los puestos de rescate de los que forma parte, para la búsqueda y rescate de las víctimas.

En caso de que un Guía o Aspirante a guía s encuentre en la montaña y que hay un accidente alrededor, debe acercarse inmediatamente al lugar, luego de dejar en un lugar seguro a los turistas que acompaña. El cliente no tiene derecho a una indemnización por las modificaciones que resulten de su programa de viaje, pero el Guía debe ser retribuido convenientemente por su día de trabajo.

Artículo 27º.- El turista tiene el derecho de prescindir del servicio del Guía o Aspirante a Guía que se conduzca mal o no cumpla sus deberes correctamente.

Las quejas contra los Guías, los Aspirantes a Guía, Guías de Caminatas y porteadores, serán dirigidas al organismo de Turismo competente, quien luego de una investigación con participación de la Comisión Técnica, tomará las medidas convenientes del caso.

Artículo 28º.- Los Guías están obligados a exhibir su Certificado de Inscripción en el Registro Oficial, cuantas veces le sea requerido por las Autoridades o por el turista.

Artículo 29º.- Todo Guía durante el tiempo en que ejerce su profesión debe ser poseedor de una póliza de seguro contra accidentes.

Para la renovación del Certificado de Inscripción en el Registro Especial, el Guía deberá presentar la renovación de su póliza de seguro contra accidentes.

Artículo 30º.- Los Guías diplomados están obligados a asistir anualmente a los cursos de rescate organizados por la entidad representativa de los Guías de Montaña.

Artículo 31º.- Está prohibido para los Aspirantes a Guía el conducir o acompañar a los turistas en alta montaña fuera de la cordada de un Guía Diplomado. El Guía podrá, bajo su supervisión y responsabilidad, confiar a un Aspirante a Guía el conducir una segunda cordada en su caravana, siempre y cuando lo autorice la entidad representativa de los Guías de Montaña, de la cual forma parte.

Los Aspirantes a guía, tampoco podrán desempeñar la conducción de caminatas ni excursionistas.

Artículo 32º.- Los Guías extranjeros titulados pertenecientes a la Unión Internacional de Asociaciones de Guías de Montaña -UIAGM, pueden guiar turistas que han contratado sus servicios en el extranjero.

Artículo 33º.- Los Guías extranjeros titulados para ejercer actividad permanente en el país, deberán someterse a una evaluación y obtener el Certificado de Inscripción el Registro Especial.

CAPITULO VI

DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 34º.- Serán de aplicación en éste, las normas previstas en el Capítulo VI del Reglamento de Guías Oficiales de Turismo, aprobado por D.S. Nº 014-80-ICTI/TUR.



CAPITULO VII

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Artículo 35º.- Todo turista para practicar andinismo y caminatas en Alta Montaña, utilizará los servicios de un Guía Diplomado y deberá contar con una póliza de seguro contra accidente y de rescate.

Artículo 36º.- Los refugios de montaña son construídos para facilitar las ascensiones, estarán bajo la supervisión de los propietarios y de los Guías de Montaña, debiendo velar por su preservación y conservación.

Los Guías de Montaña, Guías de Caminatas, Aspirantes a Guías y Porteadores, pondrán todo en orden al dejar el refugio. Si ellos constatan daños, deberán informar a los propietarios o al guardián de la cabaña.

Artículo 37.- Son aplicables a los Guías de Montaña y Caminatas, Aspirantes a Guía y Porteadores, las disposiciones del Reglamento de Guías Oficiales de Turismo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-80 ICTI/TUR-SE, en lo pertinente.

Artículo 38º.- Las personas que careciendo de la calificación correspondiente y la Inscripción en el Registro, ejercieren las funciones de Guías de Montaña, Guías de Caminatas, Aspirantes a Guía y Porteadores de Alta Montaña, incurrirán en la sanciones previstas en el Artículo 244º y conexos del Código Penal.



DISPOSICION TRANSITORIA

Los Guías de Montaña que en la actualidad vienen prestando servicios y que cuenten con la clasificación necesaria para continuar ejerciendo la actividad, deben inscribirse en el Registro que se crea por el presente Reglamento.

Para tal efecto, deberá recabar del CENFOTUR, las certificaciones que acrediten dicha calificación, estando facultada dicha entidad para establecer los requisitos necesarios.

Ley del guia de turismo

NORMATIVIDAD

Las normas de referencia básica que establecen las pautas básicas de la actividad son las siguientes:
>> MARCO GENERAL >> MECANISMOS DE COORDINACIÓN >> PRESTADORES DE SERVICIOS TURÍSTICOS >> INFRACCIONES Y SANCIONES >> FACILITACIÓN TURÍSTICA >> BENEFICIOS TRIBUTARIOS
MARCO GENERAL

Ley para el Desarrollo de la Actividad Turística (Ley 26961, 29.05.98): Contiene el marco legal para el desarrollo y la regulación de la actividad turística, los principios básicos de la actividad turística y los objetivos de la política estatal, declarando al MINCETUR como el ente rector a nivel nacional competente en materia turística.
Reglamento de la Ley 26961, Ley para el Desarrollo de la Actividad Turística (Decreto Supremo Nro 002-2000-ITINCI, 27.01.2000.) Contiene disposiciones generales, objetivos, pautas de coordinación con otros organismos, tales como ell Comité Consultivo de Turismo, Comité Técnico de Coordinación del Uso Turístico del Patrimonio Cultural y Natural de la Nación, regulación sobre prestadores de servicios turísticos y precisiones sobre facilitación turística.
Modifican articulo del Reglamento de la Ley Para el Desarrollo de la Actividad Turística (Decreto Supremo N°026-2000-ITINCI. 17.08.2000)Modifica el Artículo 12° del Reglamento de la Ley N°26961 - Ley para el Desarrollo de la Actividad Turística, aprobado mediante Decreto Supremo N°002-2000-ITINCI, sobre Comités Consultivos Regionales

Modifican R.M. Nº 155-2001-ITINCI/DM relactivas a las actividades que operan los Prestadores de Servicios Turísticos (Resolución Ministerial Nº 224-2005 - MINCETUR-DM, 27.07.05) Se amplia relación de prestadores incluyendo el canotaje Turístico.
MECANISMOS DE COORDINACION
COMITE CONSULTIVO DE TURISMO

Reglamento del Comité Consultivo de Turismo (Resolución Ministerial Nº 155-98-MITINCI/DM) El Comité Consultivo de Turismo es un organismo de coordinación entre el Sector Privado y el MINCETUR, sus acuerdos y conclusiones tienen carácter de recomendaciones.

PRESTADORES DE SERVICIOS TURÍSTICOS
ESTABLECIMIENTOS Y HOSPEDAJE

Reglamento de establecimientos de hospedaje (Decreto Supremo N° 029-2004-MINCETUR, 27.11.2004), Establece las disposiciones para la clasificación, categorización, funcionamiento y supervisión de los establecimientos de hospedaje; asimismo, establece los órganos competentes en dicha materia, así como, la obligación de presentar una Declaración Jurada de cumplimiento de las condiciones mínimas para la prestación del servicio. Establece la clasificación de Hotel, Apart- Hotel, Hostal, Resort, Ecolodge y Albergue, que podrán ser ostentados por los establecimientos que cumplan con los requisitos de infraestructura, equipamiento y servicios conforme la clase y/o categoría solicitada. Declaración Jurada Establecimiento de Hospedaje
Reglamento de Calificadores de Establecimientos de Hospedaje (Resolución Ministerial N° 151-2001-ITINCI/DM, 30.07.2001) Define las funciones, procedimiento para la evaluación y designación de Calificadores de Establecimientos de Hospedaje, quienes tienen la función de emitir Informes Técnicos con el fin de solicitar la condición de Establecimiento de Hospedaje Clasificado y/o Categorizado
Registro de Calificadores de Establecimientos de Hospedaje

Proyecto: Manual de Buenas Prácticas Ambientales en Establecimientos de Hospedaje

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ALOJAMIENTO EN CASAS PARTICULARES Y CENTROS EDUCATIVOS

Reglamento de Autorización y Registro de casas particulares y centros educativos que ofrecen servicio de alojamiento (D.S. 010-95-ITINCI, 04.05.95): Establece el procedimiento para la autorización y registro de casas particulares, universidades o institutos superiores, con infraestructura adecuada para ofrecer servicio de alojamiento en caso que no exista infraestructura de servicios turísticos o ésta sea deficitaria. No se aplica en la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao.
Requisitos que deberán cumplir los establecimientos que brindan servicio de alojamiento (Resolución Ministerial Nº 0011-95-MITINCI/VMTINCI/DNT DEL 09.05.1995) Este dispositivo establece los requisitos mínimos que deberán cumplir las casas particulares, universidades e institutos superiores, para brindar el servicio de alojamiento.

AGENCIAS DE VIAJES


Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo (Decreto Supremo N° 026-2004-MINCETUR, 11.11.2004),Establece los requisitos y procedimientos para autorizar la prestación del servicio de Agencia de Viajes y Turismo, define el concepto de agencias de viajes y turismo, establece las condiciones que deberán cumplir para la prestación del servicio. Establece la Clasificación como: Minorista, Mayorista y Operador de Turismo, y precisa la obligatoriedad de presentar una Declaración Jurada que de cuenta del cumplimiento de requisitos mínimos.Declaración Jurada Agencias de Viaje y Turismo

En virtud del Memorando de Entendimiento suscrito con la República Popular China, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo llevó a cabo el proceso de calificación y registro de las Agencias de Viajes y Turismo autorizadas a facilitar los viajes de grupos turísticos organizados chinos al Perú. .
I Relación de Agencias de Viajes y Turismo Calificadas y Regisradas por MINCETUR resultante de la I Convocatoria de Agencias de Viajes y Turismo interesadas en facilitar viajes de grupos organizados Chinos al Perú
II Relación de Agencias de Viaje y Turismo Calificadas y Registradas por MINCETUR, resultante de la II convocatoria de Agencias de Viaje y Turismo interesadas en facilitar viajes de grupos organizados Chinos al Perú.

http://old.cnta.gov.cn/ziliao/other/cgly/1.htm


Proyecto de Manual de Buenas Prácticas Gestión de Servicio - Agencias de Viajes y Turismo

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RESTAURANTES

Reglamento de restaurantes (Decreto Supremo N° 025-2004-MINCETUR, 10.11.2004), Establece los requisitos y procedimientos para autorizar la prestación del servicio de Restaurante, así como, la obligación de presentar una Declaración Jurada de cumplimiento de las normas relativas a las condiciones del servicio que prestan y a la calidad en la preparación de comidas y bebidas. Establece las categorías de 1 a 5 Tenedores, así como la calificación de Turístico, aplicable para los restaurantes que ostentan de 3 a 5 Tenedores.
Declaración Jurada Restaurantes
Disposiciones sobre Establecimientos que expenden Comidas y Bebidas (Resolución Ministerial Nº 081-94-ITINCI del 12.08.94) Resolución Ministerial que señala que los establecimientos que expenden comidas y bebidas incluyan en sus listas de precios el IGV y el recargo al consumo

GUIAS DE TURISMO

Ley del Guia de Turismo (Ley Nº 28529 25.05.2005)
Establece que el servicio de guía de turismo es prestado por quienes ostentan el título oficial de guía de turismo, así como los licenciados en turismo colegiados.



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GUIAS DE MONTAÑA

Reglamento de Guías de Montaña, (Decreto Supremo N° 028-2004-MINCETUR, 26.11.2004)Establece las funciones y norma el procedimiento de acreditación y supervisión de la prestación de servicios de los Guías de Montaña a nivel nacional.

Deroga y Modifica Disposiciones del Reglamento de Guías de Montaña Decreto Supremo Nº 004-2007 - MINCETUR 12.04.2007) Excluye el requisito de Póliza de Seguro contra accidentes

AGUAS MINERO-MEDICINALES

Disposiciones que establecen los procedimientos para otorgar en concesión el uso de aguas minero-medicinales con fines turísticos.
El otorgamiento de la Licencia para el uso de las fuentes de Agua Minero-Medicinales y el control de su explotación con fines turísticos es de competencia del MINCETUR. (Decreto Ley Nª 25533, 07.06.1992). Establece que el otorgamiento de licencia para el uso de las fuentes de Aguas Minero-Medicinales asi como de su explotaciòn con fines turìsticos es competencia del MINCETUR.
Reglamento de Aguas Minero-Medicinales para Fines Turisticos (Decreto Supremo. 05-94-ITINCI, 28.04.94): Establece los requisitos para otorgar la concesión de uso para la explotación de fuentes de aguas minero-medicinales.
Modifican Articulo del Reglamento de Aguas Minero Medicinales para fines Turísticos (Decreto Supremo Nº 14-95-ITINCI del 31.05.95)Decreto Supremo sobre modificaciones del artículo Nº 11º del Reglamento de Aguas Minero Medicinales para fines turísticos.
Modifican Reglamento de Aguas Minero Medicinales aprobado por D. S. Nº 005-94-ITINCI ( Decreto Supremo Nº 015-2005-MINCETUR, 20.05.05) Decreto Supremo que modifica artículos del Reglamento de Aguas Minero Medicinales, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-94-ITINCI, modificado por Decreto Supremo Nº 14-95-ITINCI.



Escala
de infracciones y sanciones a Aguas Minero-Medicinales (R.M.
180-96-ITINCI/DM, 19.12.96):
Establece
los criterios de amonestaciones, multas graves, suspensión
temporal y cierre.

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TRANSPORTE TURÍSTICO TERRESTRE



Proyecto de Manual de Buenas Practicas Gestion de Servicio - Guías de Turismo y Operación Turística



Proyecto: Manual de Buenas Prácticas Ambientales en Establecimientos de Hospedaje
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Establecen requisitos y procedimientos para aprobación del Certificado de Calificación de Prestador de Servicios Turísticos, DECRETO SUPREMO Nº 032-2005-MINCETUR.Norma que establece los requisitos y procedimientos, para solicitar el Certificado de Calificación de Prestador de Servicios Turísticos Terrestres, exigido como requisito para obtener el permiso de operación expedido por el Sector Transportes. Requisitos <>
Reglamento Nacional de Transporte Turístico Terrestre (Decreto Supremo Nº 003-2005-MTC, 23.01.2005, página 285195) Establece disposiciones generales, condiciones de acceso, condiciones de operación, el sistema nacional de registro del transporte terrestre y el régimen de fiscalización del transporte terrestre.
Modifican el Reglamento Nacional de Transporte Turístico Terrestre (Decreto Supremo Nº 018-2005-MTC, 23.07.2005, página 297471) Decreto Supremo que modifica artículos del Reglamento Nacional de Transporte Terrestre Turístico, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2005-MTC.

Anteproyecto de Reglamento de Establecimientos de Hospedajes Rural



Anexo Anteproyecto de Reglamento de Establecimientos de Hospedajes Rural





Las
personas interesadas pueden hacer llegar sus sugerencias al
MINCETUR, Calle Uno Oeste Nº 50, Urb. Corpac, San Isidro
ó al Correo electrónico:
imendoza@mincetur.gob.pe,
en el término de 15 días.

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INFRACCIONES Y SANCIONES



Proyecto de Manual de Buenas Practicas Gestion de Servicio - Guías de Turismo y Operación Turística



Proyecto: Manual de Buenas Prácticas Ambientales en Establecimientos de Hospedaje
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Ley que faculta al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a tipificar infracciones por vía reglamentaria en materia de prestación de servicios turísticos y la calificación de establecimientos de hospedaje y establece las sanciones aplicables (Ley Nº 28868, 09.08.2006, página 325985Faculta al MINCETUR a tipificar infracciones y aplicar sanciones a los prestadores de servicios turísticos establecidos en el artículo 17º de la Ley N º 26961, Ley para el Desarrollo de la Actividad Turística , mediante Reglamento. Reglamento de la Ley Nº 28868 (Decreto Supremo Nº 007-2007-MINCETUR, 07.06.2007, página 346565) Norma que tipifica las conductas sancionables en las que pudieran incurrir tanto los prestadores de servicios turísticos, como los Calificadores de Establecimientos de Hospedaje y establece además las sanciones que deberán aplicarse.

Anteproyecto de Reglamento de Establecimientos de Hospedajes Rural



Anexo Anteproyecto de Reglamento de Establecimientos de Hospedajes Rural





Las
personas interesadas pueden hacer llegar sus sugerencias al
MINCETUR, Calle Uno Oeste Nº 50, Urb. Corpac, San Isidro
ó al Correo electrónico:
imendoza@mincetur.gob.pe,
en el término de 15 días.

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FACILITACION TURISTICA

Internamiento Temporal de Vehículos con Fines Turísticos (Decreto Supremo Nº 015-87-ICTI/TUR del 12.06.87)Norma que permite el ingreso temporal de vehículos por parte de los turistas.


BENEFICIOS TRIBUTARIOS
Beneficio tributario orientado a incentivar el turismo receptor, inafectando del Impuesto General a las Ventas, los servicios de alojamiento y alimentación adquiridos en el país por sujetos no domiciliados. Los servicios de alimentación deben ser prestados en el mismo establecimiento de hospedaje.
Consideran exportación la prestación de los servicios de hospedaje, incluyendo la alimentación, a sujetos no domiciliados ( Decreto Legislativo Nº 919, 06.06.2001, página 203977)
Normas para la aplicación de beneficio tributario a Establecimientos de Hospedaje que brinden servicios a sujetos no domiciliados (Decreto Supremo Nº 122-2001-EF, 29.06.2001, página 205440)
Normas referidas al Registro Especial de Establecimientos de Hospedaje (Resolución Nº 082-2001/SUNAT, 20.07.2001, página 207112)
Ley que modifica el Numeral 4) del Artículo 33º del Texto Único Ordenado de La Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo (Ley Nº 28780, 13.07.2006, página 323522)

DECLARACION
DE EVENTOS DE INTERES TURISTICO






La Resolución Directoral Nº 19-2006-MINCETUR/VMT/DNDT, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 07/07/06 (página 323115), mediante la cual Aprueban Directiva “Disposiciones para declarar eventos de interés turístico que se desarrollen en el país”.




Resolución Viceministerial N°041-2006-MINCETUR/VMT publicada 07-JUN-2006 Deja sin efecto resolución que aprobó la directiva Nº 001-93-MITINCI/CMTINCI/DNT, sobre criterios y procedimientos para calificación de actividades de interés turístico.












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